TAREA JUEGO DE ROLES 2: ACCIÓN PRETENSIÓN & CONTRADICCIÓN

 

Escrito del Demandado (Fragmento - Defensa y Reconvención) grupo 4 

SEÑOR JUEZ:

Yo, [Nombre del demandado], en el proceso seguido por el demandante [nombre], sobre reivindicación de propiedad, me presento y expongo lo siguiente:



1. Sobre la legitimidad de mi posesión

Desde hace más de diez (10) años vengo ejerciendo posesión continua, pacífica y pública sobre el bien materia de litis, en calidad de poseedor con ánimo de dueño. Durante este tiempo he realizado mejoras, mantenimiento y uso del predio como si fuera propio, sin interrupciones ni controversias.

Esta posesión cumple con los requisitos establecidos en el artículo 950 del Código Civil, por lo que es susceptible de dar lugar a la adquisición de propiedad por prescripción adquisitiva (usucapión).

Conforme a la jurisprudencia establecida en la Casación N.º 20449-2019-Lambayeque, la Corte Suprema ha dejado claro que el propietario no puede hacer valer su derecho sin antes desvirtuar la legitimidad de la posesión ejercida por el demandado. Esto se encuentra en armonía con lo resuelto en la Casación N.° 2652-2017-ICA, que enfatiza que la posesión legítima no puede ser desconocida sin el cumplimiento de las garantías del debido proceso.


2. Derecho a la tutela jurisdiccional efectiva y función social de la propiedad

El derecho de propiedad del demandante no puede ejercerse de forma absoluta, desconociendo mi posesión legítima y prolongada. El artículo 70 de la Constitución reconoce que la propiedad debe cumplir una función social, y no puede utilizarse como medio para desalojar a quien ha cuidado y poseído el bien conforme a derecho.


3. Reconvención por prescripción adquisitiva (usucapión)

En aplicación del artículo 85 del Código Procesal Civil, que permite la conexidad de pretensiones cuando entre la demanda y la reconvención existe vinculación por el objeto y la causa, interpongo reconvención solicitando se declare mi derecho de propiedad por prescripción adquisitiva sobre el inmueble materia de litis.

La pretensión reconvencional tiene estrecha conexidad con la pretensión principal (reivindicación), pues ambas versan sobre la titularidad del mismo bien. Por tanto, debe resolverse en este mismo proceso, garantizando economía procesal y congruencia.


4. Petitorio

Por lo expuesto, solicito:

  1. Se declare infundada la demanda de reivindicación de propiedad interpuesta por el demandante, al no haber demostrado que mi posesión es ilegítima.

  2. Se declare fundada la reconvención y se me reconozca como propietario del inmueble por prescripción adquisitiva conforme al artículo 950 del Código Civil.

Responder Preguntas :

    Problema jurídico: 

1.-¿Es viable acumular una pretensión reivindicatoria con una reconvención de usucapión?

Sí, es viable acumular una pretensión reivindicatoria con una reconvención de usucapión, siempre que se cumplan ciertos requisitos procesales. La reconvención permite al demandado alegar y probar la usucapión dentro del mismo proceso, evitando así sentencias contradictorias y promoviendo la economía procesal. Aunque la usucapión puede ser alegada como defensa, para que tenga efecto pleno debe presentarse como reconvención y acreditarse adecuadamente. La acumulación se tramita en la vía de conocimiento, que es la más extensa, garantizando que ambas pretensiones se resuelvan conjuntamente. Esta práctica está respaldada por la jurisprudencia y contribuye a una resolución integral y eficiente del conflicto.

 

2.- ¿Se vulnera el principio de contradicción si el juez rechaza la acumulación?

No se vulnera el principio de contradicción si el juez rechaza la acumulación, siempre que la decisión esté bien fundamentada y se base en que no se cumplen los requisitos legales para acumular pretensiones. El principio garantiza el derecho a ser escuchado, pero no obliga a acumular todas las pretensiones en un solo proceso.